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Requisitos Generales Los Prestadores de Servicios Turísticos deberán consignar los documentos siguientes:
Los Prestadores de Servicios Turísticos, además de los Requisitos Generales exigidos, deberán consignar los requisitos especificos para cada Tipo de Prestador:
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1.- Empresas de Alojamiento Turístico | ||
2.- Administradoras de Empresas Turísticas | ||
3.- Agencias de Turísmo | ||
4.- Transporte Turístico | ||
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5.-Representantes de Turísmo | ||
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6.- Establecimientos Turísticos de Alimentos y Bebidas | ||
7.- Empresas de Recreación Turística | ||
8.- Empresas de Información, Promoción Publicidad y Propaganda Turística | ||
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El Ministerio del Poder Popular para el Turismo, tiene la facultad de verificar por cualquier medio y en cualquier momento, la veracidad de la información consignada por los Prestadores de Servicios Turísticos. Las Licencias de Turismo otorgadas, deben ser renovadas en un plazo de dos (2) años a partir de su emisión, la cual deberán tramitarse con treinta (30) días de anticipación a su vencimiento. La Licencia de Turismo es personal e intransferible y debe ser renovada en el plazo que establece la presente Resolución. Quedan excluidos de la presente Resolución, las personas naturales cuya actividad principal este orientada a la prestación del servicio turístico. Se establece un lapso de noventa (90) días continuos, a partir de la publicación de la presente Resolución en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, para que los Prestadores de Servicios Turísticos, cumplan con las disposiciones contenidas en la misma. |
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